El Gobierno se retira de la regulación del gas envasado: Nuevo marco para el GLP

A través del Decreto 446/2025, el Ejecutivo nacional oficializó una profunda transformación en el funcionamiento del mercado del gas licuado de petróleo (GLP). La nueva normativa, publicada este jueves en el Boletín Oficial, establece que el Estado dejará de intervenir en los precios, la oferta y la demanda del gas envasado, limitando su participación exclusivamente al control de seguridad.

La Secretaría de Energía mantendrá su rol como autoridad de aplicación, pero solo para verificar el cumplimiento de los parámetros de seguridad. Según el texto oficial, esta tarea deberá realizarse “sin interferir en aspectos operativos que competen al funcionamiento del mercado”, ya que estos deben quedar “regidos por el funcionamiento libre y competitivo del mercado, que constituye el mecanismo más eficiente para asignar recursos y promover el desarrollo del sector”.

El Gobierno justificó la medida al señalar que “el régimen vigente otorga un rol protagónico a la autoridad de aplicación en materia de regulación económica, técnica y operativa”, lo que habría generado “sobrerregulación, duplicación de funciones, distorsiones de mercado y sobrecostos operativos que impactan negativamente en los precios al consumidor”.

El decreto sostiene que “el sector privado es el principal interesado en expandir la producción, el fraccionamiento y la comercialización de GLP”, y que cuenta con la capacidad para “mejorar la calidad del servicio, diversificar la oferta y optimizar la operación de la industria, incluyendo los mecanismos de canje de envases”.

Cambios operativos clave

  • Se elimina la necesidad de autorización previa para instalar o ampliar plantas de fraccionamiento.
  • Se flexibiliza el uso de marcas y envases: los fraccionadores podrán trabajar con múltiples proveedores y leyendas.
  • Se crea un parque de envases de uso común para facilitar el acceso a fraccionadores que enfrenten dificultades logísticas.
  • El silencio administrativo será considerado aprobación si no hay respuesta oficial en 10 días hábiles.

La importación de GLP queda liberada, siempre que se cumpla con la normativa vigente. Las exportaciones también estarán permitidas, siempre y cuando no se afecte el abastecimiento interno.

En palabras del decreto, estas reformas buscan “adecuar sus disposiciones a una realidad operativa y productiva dinámica, promoviendo una regulación moderna, eficiente y orientada al desarrollo del sector de GLP”.