Francisco Mondotte, director de Asuntos Gubernamentales del Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial, explicó en conferencia de prensa: “El informe que será elevado al Gobernador se sustenta en lo dispuesto por el artículo 61 de la Ley 9577, que faculta al Poder Ejecutivo a decretar la intervención administrativa de asociaciones civiles cuando existan anomalías manifiestas en su funcionamiento que puedan provocar un daño grave a la entidad, afectar su subsistencia o vulnerar los derechos de las personas con interés legítimo en el cumplimiento de sus fines. En este contexto, la Provincia evaluará los pasos a seguir para resguardar la legalidad, la transparencia y el normal funcionamiento institucional de la Liga Mendocina de Fútbol”.
Mondotte también expresó que “esta es una situación en la cual no solamente hay bochornos de carácter deportivo, sino también de carácter institucional, de carácter financiero, que sustentan, a nuestro entender, la potencial intervención de la Liga Mendocina de Fútbol en el marco de lo que establece la ley de la Dirección de Personas Jurídicas en su artículo 61.”
Fundamentos legales y administrativos
Entre los principales motivos que explican la intervención de la Dirección de Personas Jurídicas ante las irregularidades detectadas en la Liga Mendocina de Fútbol, conforme a lo previsto en la Ley 9577, está la presentación extemporánea y no validada de nuevas autoridades. A 26 días de la ratificación de la Asamblea del 3 de abril de 2025, la Liga informó, con fecha 29 de abril, la designación de un nuevo prosecretario, secretario y vicepresidentes primero y segundo. Sin embargo, dichas autoridades no se encuentran inscriptas ni validadas ante la Dirección de Personas Jurídicas, por lo que carecen de reconocimiento formal.
También se advierte la falta de actuación de los revisores de cuentas -Oscar Rosales, Cristian Carricondo y Guillermo Matus-, quienes, según el marco estatutario, tienen la responsabilidad de fiscalizar a la Comisión Directiva y de informar desvíos o incumplimientos normativos. Hasta la fecha, no han presentado informes ni explicaciones respecto de las irregularidades detectadas en la entidad.
Otro punto importante a destacar es la situación del balance del ejercicio 2024, el cual fue presentado fuera de término, no cuenta con aprobación de asesoría contable ni con dictamen profesional, y tampoco fue aprobado conforme a las exigencias legales. Además, hay que mencionar que la Asamblea realizada en abril de 2025 se encuentra cuestionada y denunciada ante la DPJ por su ineficacia jurídica.
Finalmente, se registran severas irregularidades en el manejo de recursos vinculados a la emisión de aptos médicos. Esta situación es objeto de investigación en la Justicia ordinaria, en distintos expedientes, entre los cuales se destaca uno que analiza posibles hechos encuadrados en el delito de “administración fraudulenta”, ante el presunto desvío de fondos de la institución hacia cuentas bancarias de familiares de las autoridades.
La intervención implica el cese de la Comisión que está llevando adelante la actividad. El interventor designado tiene la misión de regularizar la situación de la institución en un determinado lapso, y ello implica convocar a asamblea para renovar las autoridades, de requerir nuevas autoridades de la manera que corresponde en función del estatuto.